¿Pero saben algo? La educación en casa o homeschooling es un método ancestral empleado desde hace siglos, en una etapa previa a las escuelas modernas, cuando los conocimientos eran impartidos generación tras generación en el núcleo familiar. Desde entonces, la familia asume de forma integral la educación de los niños y las niñas y además transmite valores y principios, propicia el desarrollo afectivo y emocional e imparte habilidades y conocimientos necesarios para desempeñarse lo mejor posible en la vida.
El origen del homeschooling como una tendencia moderna se encuentra en Estados Unidos, donde es definido como la educación que padres o tutores deciden proporcionar a los menores en casa. Dependiendo de cuál sea el país en el que se desarrolle, existen diferentes denominaciones del fenómeno homeschooling. En España, por ejemplo, se utilizan los términos escuela en casa, educar en familia, educar en casa, aprender en familia, crecer sin escuela, aprender sin escuela, educación sin domicilio, unschooling, instrucción libre, educación libre, aprendizaje autónomo, objeción a la educación, desescolarización y el propio homeschooling. En Francia se le denomina l´instrucción a domicilie, l´école a la maison, l´instrucción dans la famille. En Italia se conoce como scuola familiare y en Portugal ensinodoméstico. Hay otros términos como flexschooling y unschooling, que tienen una definición más precisa. El flexschooling se refiere a la educación en casa abierta a una colaboración amplia y frecuente con agentes externos al ámbito familiar. El Unschooling se define como un fenómeno anti escolarización, de clara oposición al método de enseñanza curricular, siendo el niño o la niña el auténtico diseñador de su plan de estudios.
En el Grupo de Investigación de Unicab, GIU, podemos asegurar que todas las denominaciones de homeschooling hacen referencia a una misma realidad, que es la educación en casa como una alternativa educativa válida. Como se puede observar en el mapa siguiente, la educación en casa en la mayor parte de los países de nuestro entorno cultural y geográfico tiene reconocimiento.
En el caso colombiano, los padres de familia que quieren hacer educación en casa con sus hijos, lo pueden hacer, porque no hay una prohibición de la educación fuera de la escuela. Lo que señala la ley es que la educación es obligatoria, mas no la escolarización. Lo que debemos cumplir por ley es que nuestros hijos estén recibiendo una educación de calidad.
Según el mapa, en Colombia es legal el Homeschool, los padres de familia tienen el derecho y la obligación de educar a sus hijos y tienen la libertad de educar en casa, ya que, como se ha dicho anteriormente, predomina la educación obligatoria pero no la escolarización. Para el caso de Unicab y de otros colegios virtuales, es el Ministerio de Educación, MEN, el organismo que puede reglamentar la educación en casa, entendiendo que una cosa es que sea legal y otra que esté reglamentada. Una demostración de la legalidad es que el MEN, además supervisa e inspecciona mediante pruebas obligatorias la adquisición de los conocimientos adquiridos con la misma (Pruebas Saber, Evaluar para Avanzar de 3° a 11°), además del Registro en el SIMAT (Sistema de matrícula estudiantil) y se adoptan currículos educativos oficiales.
Hay un marco legal macro sobre educación que cubre a Unicab y a otras alternativas educativas, que en resumen es el siguiente:
La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, en su artículo 26 señala que toda persona tiene derecho a la educación, que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento al respeto de los derechos humanos y a las libertades fundamentales…………los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
Por su parte, la Constitución Política de Colombia, en su artículo 27 señala que El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra. En su artículo 42 señala que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. En el artículo 44 se hace énfasis de que son derechos fundamentales de los niños y niñas la vida, la integridad física, la salud, la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. En el artículo 67 se señala que la educación es un derecho de la persona; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la tecnología, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia, en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del medio ambiente. En el artículo 68 se señala que los particulares podrán fundar establecimientos educativos y que la ley establecerá las condiciones para su creación y gestión y, ratifica que los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores.
La Ley 115 de 1994, Ley General de Educación, en su artículo 7, señala a la familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos hasta la mayoría de edad…. y añade, que es deber de la familia educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar el ambiente adecuado para el desarrollo integral y que la sociedad es responsable de la educación con la familia y El Estado.
Existen en Colombia sistema educativos alternativos, dentro de los cuales está el homeschooling y la educación tradicional presencial. Las ventajas de un sistema y otro, junto con sus respectivos inconvenientes es lo que han de evaluar las familias a la hora de decidirse por una u otra posibilidad, y así debiera ser, porque esa decisión debe ser reflexiva y en situación de igualdad y libertad.
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